
El reconocimiento de deuda y la inversión de la carga de la prueba
El reconocimiento de deuda se constituye en nuestro derecho civil como un negocio jurídico, no regulado de forma expresa en nuestro Código Civil, que contiene la obligación de una persona física y/o jurídica configurada como deudora, de cumplir lo contenido en dicho documento, lo cual reconoce y acepta, salvo que



